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Al fin proceden contra depredador

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img_1456215887_cee41c6ef8d22375853cTULUM.- Luego que la PGR colocara sello de aseguramiento en una propiedad ubicada en la zona de gran plusvalía denominada Punta Piedra por el delito ambiental, han dejado un citatorio para que la parte interesada se presente anta la instancia federal. Fue desde principios de este mes cuando arribaron al predio ubicado en la zona costera las autoridades realizando una serie de procedimientos.
El 10 de febrero arribó a Tulum la Procuraduría General de la República (PGR) a través de su delegación en Quintana Roo, quien obtuvo del Juzgado Segundo Especializado en Cateos una orden derivada de dos averiguaciones previas por denuncias hechas por la delegada de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) en el estado de Quintana Roo.
Diligencias donde participaron agentes del Ministerio Público de la Federación, personal de la Agencia de Investigación Criminal, elementos de la Secretaría de Marina, peritos de Profepa en materia forestal e impacto ambiental, dando cumplimiento al mandamiento judicial, asegurando el inmueble en el que se encontró afectación al entorno, específicamente al manglar, según fue dado a conocer en su momento, mediante un comunicado por la PGR.
El inmueble está ubicado en el kilómetro 7.5 de la carretera Tulum-Boca Paila, en el cual se realizaron actividades dentro de un ecosistema de matorral costero con presencia de manglar de la especie Botoncillo (Cronocarpus crestus) y manglar rojo, así como la especie palma chit, y relleno de material pétreo o sascab, de acuerdo a un comunicado emitido en su momento.
Pese a ello igual fue colocado en las afueras del inmueble un citatorio expedido por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, dirigida al propietario o representante, apoderado legal, promovente o persona autorizada, encargado o responsable de las obras o actividades que se llevan a cabo en la zona hotelera de Tulum a la altura de la coordenada referida al Batum WGS 84- región 16 México XI, 451874 YI, 2227568.
En donde hace mención que en virtud que se llamó varias veces a la puerta del acceso que cuenta con candado, sin que acudiera alguna persona, con fundamento en el artículo 167 BIS, 1 párrafo segundo de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, fue dejado el siguiente citatorio.
El cual se le apercibe que en caso de no atender la siguiente diligencia en materia de impacto ambiental se entenderá con cualquier persona que esté en el predio y, de negarse o en caso de permanecer cerrado la diligencia se realizara con fundamento en lo dispuesto en sus artículos 35 fracción 1 y 36 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Fuente: Por Esto!

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