CHETUMAL, Q.Roo.- El Consejo Distrital 02 inició ayer los recorridos de examinación para verificar los 480 lugares propuestos para instalar casillas electorales, una vez que la Junta Distrital Ejecutiva obtuvo la anuencia de los propietarios y responsables de los inmuebles.
Francisco Croce Flota, vocal ejecutivo de la junta, informó que el primer recorrido se hará en el 02 distrito y cubre los domicilios particulares de la ciudad de Chetumal.
Recordó que la mayoría de las casillas se colocarán en escuelas, lugares públicos y concurridos, pero 92 serán domicilios particulares, debido a que en las zonas en que se encuentran no hay escuelas cerca.
En el recorrido participan las y los Consejeros Electorales, los representantes de los partidos políticos del Partido Revolucionario Institucional (PRI), del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Partido Nueva Alianza (Panal) y Morena, los Vocales de la Junta Distrital, técnicos, todo integrantes de la Junta Local, y personal del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo).
Croce Flota señaló que los recorridos abarcarán toda la zona urbana de Chetumal, zona rural de Othón P. Blanco y los municipios de Bacalar, Felipe Carrillo Puerto y José María Morelos.
Agregó que de contar con el aval del Consejo, el día 17 de Marzo se aprobarán aproximadamente 46 casillas extraordinarias y cinco especiales, mientras que el próximo 30 de marzo se aprobarán 242 básicas y 187 casillas contiguas.
“En estas casillas podrán votar aproximadamente 255 mil electores de este distrito para elegir Gobernador del Estado, miembros de los 11 Ayuntamientos e integrantes de la XV Legislatura del Estado”.
En el artículo 255 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), señala que los lugares donde se instalarán las casillas, preferentemente deberán ser escuelas y lugares públicos.
No obstante, a falta de éstos, prevé la posibilidad de hacerlo en domicilios particulares, con fácil y libre acceso, con las condicionantes de no ser casas habitadas por servidores públicos, no ser casas o inmuebles habitados o propiedad de dirigentes de partidos o candidatos, no ser establecimientos fabriles, templos de culto, o locales de partidos y no ser locales ocupados por cantinas o centros de vicio.