Chetumal.- A partir del día de hoy miércoles 12 de septiembre entró oficialmente en vigor la Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo, con la cual se crea el nuevo Instituto de Movilidad y se legaliza el servicio de transporte a través de plataformas digitales o tecnológicas, pero siendo reconocido como un servicio público que deberá ser prestado mediante una concesión.
Con la entrada en vigor de esta normativa también se hace obligatorio que los vehículos motorizados de uso particular que circulen en el estado de Quintana Roo, deberán contar con un seguro de responsabilidad civil vigente que cubra por lo menos los daños que puedan causarse a terceros en su persona y/o sus bienes por la conducción del vehículo.
La contratación de la póliza del seguro de responsabilidad civil para los vehículos de uso particular será exigible a partir de la entrada en vigor de la ley, que será este 12 de septiembre.
Con la Ley de Movilidad se crea el Instituto de Movilidad, por lo que la Secretaría de Infraestructura y Transporte (Sintra) pasa a convertirse en la Secretaría de Infraestructura, lo que significa que todos los asuntos en materia de movilidad ahora serán competencia del nuevo instituto.
Como parte de sus atribuciones, el Instituto revisará y autorizará las concesiones en sus diferentes modalidades de transporte, incluyendo el de servicio público contratado a través de plataformas tecnológicas o digitales, con excepción del transporte urbano de pasajeros en autobuses en ruta establecida. También otorgará licencias y permisos para conducir en todas las modalidades de transporte, así como la documentación para que los vehículos circulen conforme a las leyes y reglamentos vigentes.
Al instituto corresponderá la emisión de las tarifas a que deba sujetarse la prestación del Servicio Público de Transporte, con excepción del transporte urbano de pasajeros en autobuses en ruta establecida. El instituto emitirá las tarifas correspondientes y, en su caso, su actualización, mismas que contemplarán las del servicio de carga especializada de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos.
La revisión de las tarifas se hará durante el tercer trimestre de cada año y en el cuarto trimestre el instituto emitirá resolución sobre la determinación del incremento o no de las tarifas, conforme a lo establecido en la ley y su reglamento.
Cabe mencionar que el instituto será un organismo público descentralizado de la Administración Pública Paraestatal del Estado de Quintana Roo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, sectorizado a la Secretaría de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable (Sedetus), dotado de autonomía técnica y de gestión, responsable de la planeación, diseño, ejecución, evaluación y seguimiento de la política de movilidad en el orden estatal.
El instituto tendrá su sede en la ciudad de Chetumal y podrá contar con las unidades administrativas y de representación de acuerdo con su Estatuto Orgánico y capacidad presupuestal, las cuales se podrán crear o establecer a través de los convenios de coordinación y colaboración que se suscriban con los ayuntamientos del estado, así como demás organismos públicos, privados y sociales.
Estará representado por la persona titular de la Dirección General, que será nombrada por el gobernador del estado o, a indicación de éste, a través del titular de la dependencia coordinadora del sector, o por el órgano colegiado de gobierno.
Además, el instituto poseerá una Junta de Gobierno integrada por los titulares de las siguientes dependencias: Secretaría de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable (Sedetus), quien lo presidirá; Secretaría de Gobierno; Secretaría de Ecología y Medio Ambiente (SEMA); Secretaría de Seguridad Pública (SSP); Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan) y Secretaría de Turismo (Sedetur). De igual forma, la Oficialía Mayor del Gobierno del Estado de Quintana Roo, a través de su titular o un representante, integrará la Junta de Gobierno.
Plataformas tecnológicas o
digitales
Con la entrada en vigor de la Ley de Movilidad, quedará abrogada la Ley de Tránsito, Transporte y Explotación de Vías y Carreteras del Estado de Quintana Roo. Los reglamentos de la Ley de Movilidad deberán expedirse dentro de los 180 días hábiles siguientes a su entrada en vigor, en tanto se continuarán aplicando los vigentes en lo que no se opongan a la presente ley.
El gobernador del estado, Carlos Joaquín González, dispone de los siguientes 30 días para nombrar a la persona titular de la Dirección General del instituto, por lo que la fecha límite para hacerlo será el próximo 11 de octubre.
Gabriel E. Manzanilla/Por Esto!